Información de la fuente

Ancestry.com. Registros de naturalización de tribunales estatales, Arizona, EE. UU., 1869–1993 [base de datos en línea]. Lehi, UT, USA: Ancestry.com Operations, Inc., 2016.
Datos originales: Arizona County Naturalization Records. Arizona History and Archives Division, Phoenix, Arizona.

Acerca de Registros de naturalización de tribunales estatales, Arizona, EE. UU., 1869–1993

Introducción a los registros de naturalización:

El acto y el trámite de hacerse ciudadano de un país se denomina naturalización. En EE. UU., la naturalización es un procedimiento judicial que se deriva de las legislaciones del Congreso. Sin embargo, desde el momento en que se aprobó la primera ley de naturalización en 1790 hasta 1906, no había normas uniformes al respecto. En consecuencia, antes de septiembre de 1906, diversos juzgados federales, estatales, de condado y locales generaron una amplia variedad de registros de ciudadanía que están almacenados en todo tipo de juzgados, archivos, bodegas, bibliotecas y recopilaciones privadas. Después de 1906, la amplia mayoría de las naturalizaciones se realizaba en las cortes federales.

Con el paso de los años, las leyes de naturalización han cambiado. Es importante comprender esas leyes, dado que repercutían considerablemente en el momento en que un antepasado haya podido naturalizarse, al igual que en el proceso exacto que haya tenido que seguir para ello. Por ejemplo, algunas leyes de naturalización requerían ser residente de EE. UU. durante cierta cantidad de años, otras no permitían que ciertos grupos étnicos se naturalizaran y otras otorgaban la ciudadanía a cambio del servicio militar.

Trámite de naturalización:

El primer requisito para una persona inmigrante que deseaba hacerse ciudadana oficial de EE. UU. consistía en presentar una declaración de intenciones. En ocasiones a esa documentación se le llamaba primeros documentos debido a que eran los primeros formularios que había que llenar en el trámite de naturalización. Por lo general, se llenaban poco después de la llegada del inmigrante a EE. UU. Debido a algunas leyes, en ocasiones ciertos grupos de personas quedaban exentos de ese paso.

Después de que el inmigrante presentaba esos documentos y cumplía con el requisito de residencia (que era normalmente de cinco años), la persona podía presentar su solicitud de naturalización. A dicha solicitud también se le conocía como segundos documentos o documentos finales debido a que eran el segundo y último juego de documentos que había que llenar en el trámite de naturalización.

Los inmigrantes también hacían el juramento de naturalización o juramento de lealtad. A menudo, se archivaba una copia del juramento con los primeros o con los segundos documentos del inmigrante. Después de que el inmigrante cumplía con todos los requisitos para recibir la ciudadanía, se le entregaba un certificado de naturalización. Muchos de esos documentos se encuentran en los registros de los juzgados en los que fueron emitidos.

Otros registros de naturalización son las constancias de certificados de naturalización y los certificados de llegada.

Muchas personas inmigrantes llenaban sus primeros papeles tan pronto llegaban a EE. UU., en cualquier condado o estado en el que se encontraran en ese momento. Posteriormente, llenaban sus segundos documentos en el lugar donde residían.

Contenido de esta base de datos:

Esta recopilación incluye imágenes de registros de naturalización de los juzgados de los condados de Cochise, Coconino, Gila, Pima y Yuma entre 1869 y 1993.

En los registros de naturalización podrían encontrarse los datos siguientes:

  • Nombre de la persona
  • País de origen
  • Fecha de naturalización
  • Residencia
  • Ocupación
  • Fecha de nacimiento
  • Fecha y lugar de llegada
  • Nombre de los hijos