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Ancestry.com. Registros federales de naturalización, Nuevo México, Estados Unidos, 1881–1983 [base de datos en línea]. Lehi, UT, USA: Ancestry.com Operations, Inc., 2016.
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Acerca de Registros federales de naturalización, Nuevo México, Estados Unidos, 1881–1983

Introducción a los registros de naturalización:

El acto y el trámite de hacerse ciudadano de un país se denomina naturalización. En los Estados Unidos, la naturalización es un procedimiento judicial que se deriva de las legislaciones del Congreso. Desde el momento en que se aprobó la primera ley de naturalización en 1790 hasta 1906, no habían normas uniformes al respecto. En consecuencia, antes de septiembre de 1906, diversos juzgados federales, estatales, de condado y locales generaron una amplia variedad de registros de ciudadanía que están almacenados en todo tipo de juzgados, archivos, bodegas, bibliotecas y recopilaciones privadas. Después de 1906, la amplia mayoría de naturalizaciones se realizaba en cortes federales.

Con el paso de los años, las leyes de naturalización han cambiado. Es importante comprender esas leyes, dado que repercutían considerablemente en el momento en que un antepasado haya podido naturalizarse, al igual que en el proceso exacto que haya tenido que seguir para ello. Por ejemplo, algunas leyes de naturalización requerían haber sido residente de Estados Unidos por cierta cantidad de años, otras no permitían que ciertos grupos étnicos se naturalizaran y otras ayudaban a acelerar el trámite de la ciudadanía a cambio del servicio militar.

El trámite de naturalización:

El primer requisito para una persona inmigrante que deseaba hacerse ciudadana de Estados Unidos consistía en presentar una Declaración de intención. En ocasiones a ese documento se le llamaba Primera solicitud debido a que eran los primeros formularios que había que llenar en el proceso de naturalización. Por lo general, se llenaban poco después de la llegada del inmigrante a Estados Unidos. Debido a ciertas leyes, en ocasiones ciertos grupos de personas quedaban exentos de ese paso.

Después de que el inmigrante presentaba esos documentos y cumplía con el requisito de residencia (que era normalmente de cinco años), la persona podía presentar su Petición de naturalización. Las peticiones también se conocían como Segunda o Última solicitud debido a que era el segundo y último juego de documentos que se llenaban en el trámite de naturalización.

Los inmigrantes también tomaban un juramento de naturalización o juramento de lealtad. A menudo, se archivaba una copia del juramento con la Primera solicitud o con la Segunda solicitud del inmigrante. Después de que el inmigrante cumplía con todos los requisitos para obtener la ciudadanía, se le entregaba un certificado de naturalización. Muchos de esos documentos se encuentran en los registros de los juzgados en los que fueron emitidos. Otros registros de naturalización son las constancias de certificados de naturalización y los certificados de llegada. Más adelante se ofrece una descripción de ambos documentos.

Muchos inmigrantes presentaban su Primera solicitud en cuanto llegaban a Estados Unidos, en cualquier condado y estado que fuera. Más tarde presentaban su Segunda solicitud en el lugar en el cual establecían su residencia.

Nota: En Estados Unidos, desde 1907 hasta 1922, la ciudadanía de una mujer dependía totalmente de la ciudadanía del esposo. Ella recibía de forma automática la ciudadanía en cuanto su esposo se naturalizaba ciudadano de Estados Unidos y los mismo sucedía con los hijos pequeños de la pareja. Sin embargo, eso también implicaba que una mujer nacida en Estados Unidos perdía su ciudadanía estadounidense si se casaba con un extranjero. Muchas estadounidenses nativas eran expatriadas de forma imprevista tras casarse con un “forastero”. La Ley de las Mujeres Casadas (también conocida como la Ley de Cable) fue aprobada en 1922 y otorgó a las mujeres una nacionalidad separada de la del esposo. En ese momento, las mujeres que habían perdido su ciudadanía entre 1907 y 1922 podían solicitar la naturalización mediante el mismo trámite que los extranjeros. No obstante, a partir de 1936 el Congreso hizo posible que esas mujeres recuperaran su ciudadanía simplemente al solicitar la toma del juramento de lealtad, pero solo si su matrimonio había terminado a causa de fallecimiento o divorcio. En 1940 ese requisito se eliminó y las mujeres podían repatriarse con tan solo tomar el juramento, sin importar su estado civil.

Lo que se incluye en esta base de datos:

Esta base de datos consiste en registros de naturalización de las Cortes de Distrito de los Estados Unidos para Nuevo México. Los registros se han indexado a fin de que los campos siguientes permitan búsquedas:

  • Nombre
  • Fecha de nacimiento
  • Lugar de nacimiento
  • Año de inmigración

La información adicional que podría encontrarse en los registros originales incluye:

  • Lugar de residencia
  • Ocupación
  • Fecha de salida
  • Lugar de salida
  • Lugar de llegada
  • Nombre, fecha de nacimiento y residencia del cónyuge
  • Número de hijos
  • Nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento y residencia de cada hijo